Lapatilla agosto 21 2026, 2:05 pmPosteado en: Actualidad, NacionalesCompártelo: Compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp Compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva) Telegram Comparte en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X Enviar un enlace a un amigo por correo electrónico (Se abre en una ventana nueva) Correo electrónico Compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn Lo que está en juego no es únicamente la duración de la emergencia económica, sino la utilización de un mecanismo excepcional para concentrar recursos, desplazar controles institucionales y ampliar de forma permanente las facultades del Ejecutivo | Foto referencial Venezuela lleva más de 1 año y medio bajo un estado de emergencia económica que, de acuerdo con la Constitución, solo puede durar un máximo de 120 días. Desde abril de 2025, las autoridades han dictado ocho decretos que lo han mantenido vigente de manera prácticamente ininterrumpida mediante sucesivas renovaciones y prórrogas. Así, una figura concebida para responder temporalmente a circunstancias económicas extraordinarias ha terminado convirtiéndose en una forma ordinaria de gobierno: la excepción se ha convertido en la regla. Por Acceso a la Justicia Suscríbete aquí para hacerle seguimiento diario al rescate de Venezuela tras los sismos El parágrafo segundo del artículo 338 de la Constitución es claro: el Gobierno «podrá decretar el estado de emergencia económica cuando se susciten circunstancias económicas extraordinarias que afecten gravemente la vida económica de la Nación», pero «su duración será de hasta sesenta días, prorrogables por un plazo igual». Es decir, 120 días como máximo. Sin embargo, desde abril de 2025 el Ejecutivo ha mantenido vigente el mismo régimen de emergencia, eludiendo en la práctica ese límite temporal. Lo que está en juego no es únicamente la duración de la emergencia económica, sino la utilización de un
Fuente: La Patilla — Ver nota original